Buenas Prácticas

COMPROMISO ÉTICO PARA LA PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS

La Revista Española de Lingüística (RSEL) se adhiere a los principios expresados en las normas y códigos de ética internacionales reflejados en COPE (Committee on Publication Ethics): <http://www.publicationethics.org> y sigue, en términos generales, la Guía de buenas prácticas para la edición científico-académica elaborada por el CSIC <http://revistas.csic.es/public/guia_buenas_practicas_CSIC.pdf>.

Mediante el presente documento, se pretende constituir un código de conducta dirigido a las partes implicadas en la gestión y publicación de los resultados científicos: Consejo Editorial, autores y revisores de los trabajos.

  1. SOBRE EL CONSEJO DE REDACCIÓN

El Consejo de Redacción de la RSEL lo componen el Director, el Secretario, los Editores y los miembros del Consejo Editorial, el Comité Asesor y el Comité de Honor.

Sus funciones son las siguientes: promocionar y representar a la revista en los distintos foros; sugerir y apoyar posibles mejoras; recabar las colaboraciones de especialistas en la materia; revisar, en una primera evaluación, los artículos que se reciben; escribir para la revista editoriales, revisiones, comentarios, noticias, recensiones, etc.; asistir a las reuniones del Consejo Editorial.

El Consejo de Redacción es corporativamente responsable de los contenidos publicados en la revista, por lo que deben asegurar su calidad científica, evitar las malas prácticas en la publicación de los resultados de las investigaciones y gestionar la edición de los trabajos recibidos en un tiempo razonable. Dicha responsabilidad implica observar los siguientes principios:

1.1. Imparcialidad. El Consejo de Redacción debe ser imparcial al gestionar los trabajos propuestos para su publicación y ha de respetar la independencia intelectual de las autoras y autores, a quienes se debe reconocer el derecho a réplica en caso de haber sido evaluados negativamente.

1.2. Confidencialidad. Las personas que componen el Consejo tienen la obligación de guardar confidencialidad sobre los textos recibidos y su contenido hasta que hayan sido aceptados para su publicación. Solo entonces se puede difundir su título y autoría. Asimismo, ningún miembro del Consejo ni personas implicadas en el proceso de evaluación puede usar para sus propias investigaciones, datos, argumentos o interpretaciones contenidos en trabajos inéditos, salvo con el consentimiento expreso por escrito de quienes lo hayan realizado.

1.3. Revisión de los trabajos. El Consejo ha de asegurar que los trabajos de investigación publicados han sido evaluados por, al menos, dos especialistas en la materia, y que dicho proceso de revisión ha sido justo e imparcial. La RSEL utiliza el procedimiento de doble ciego (anonimato de quienes han elaborado el trabajo y de los evaluadores). Cuando una de las dos evaluaciones sea negativa se podrá solicitar, a criterio del consejo de redacción, un tercer informe. El Consejo hará hincapié en que en el proceso de evaluación se vigilen la originalidad de los trabajos y se detecten posibles plagios y publicaciones redundantes, así como la manipulación de citas o la falsificación de datos. Además, se indicarán claramente las secciones de la revista cuyos contenidos están sujetos a revisión por pares.

1.4. Aceptación o rechazo de manuscritos. La responsabilidad de aceptar o rechazar un trabajo para su publicación recae en el Consejo, que se apoyará en los informes recibidos sobre el mismo. Dichos informes deberán basar su dictamen sobre la calidad de los trabajos en su relevancia, originalidad y claridad de exposición. El Consejo puede rechazar directamente los trabajos recibidos, sin recurrir a un proceso de consulta externa, si los consideran inapropiados para la revista por carecer del exigible nivel de calidad, por falta de adecuación a los objetivos científicos de la revista, por no adaptarse a las normas de la publicación o por presentar evidencias de fraude científico.

1.5. Desautorización y noticia de irregularidad. El Consejo se reserva el derecho de desautorizar aquellos trabajos ya publicados de los que posteriormente se determine su falta de fiabilidad como resultado tanto de errores involuntarios como de fraudes o malas prácticas científicas: fabricación, manipulación o copia de datos, plagio de textos y publicación redundante o duplicada, omisión de referencias a las fuentes consultadas, utilización de contenidos sin permiso o sin justificación, etc. El objetivo que guía la desautorización es corregir la producción científica ya publicada, asegurando su integridad. El conflicto de duplicidad, causado por la publicación simultánea de un artículo en dos revistas, ha de resolverse determinando la fecha de recepción del trabajo en cada una de ellas. En caso de conflicto, la revista solicitará al autor o autores las explicaciones y pruebas pertinentes para aclararlo, y tomará una decisión final basada en estas. La revista se reserva el derecho de publicar la noticia sobre la desautorización de un determinado texto y en ella se deben mencionar las razones para tal medida, a fin de distinguir la mala práctica del error involuntario. La revista notificará asimismo la desautorización a los responsables de la institución del autor o autores del artículo. La decisión de desautorizar un texto debe adoptarse lo antes posible, con el objeto de que dicho trabajo erróneo no sea citado en su campo de investigación. Los artículos desautorizados se conservarán en la edición electrónica de las revistas, advirtiendo de forma clara e inequívoca que se trata de un artículo desautorizado, para distinguirlo de otras correcciones o comentarios. Como paso previo a la desautorización definitiva, la revista podrá emitir una noticia de irregularidad, aportando la información necesaria en los mismos términos que en el caso de una desautorización. La noticia de irregularidad se mantendrá el tiempo mínimo necesario, y concluirá con su retirada o con la desautorización formal del artículo. Si solo una parte del artículo contiene algún error, este se puede rectificar posteriormente por medio de una nota editorial o una fe de erratas.

1.6. Normas de Autoría. Las normas de presentación de originales de cada revista (referentes a la extensión del resumen y del artículo, la preparación de las imágenes, el sistema para las referencias bibliográficas, etc.) deberán ser públicas.

1.7. Conflicto de intereses. El conflicto de intereses surge cuando un trabajo recibido en la revista está firmado por una persona que forma parte del Consejo, por quien tiene relación personal o profesional directa, o está estrechamente relacionado con la investigación pasada o presente de quien lo integre. Quien está afectado por cualquiera de estos casos debe abstenerse de intervenir en el proceso de evaluación del artículo propuesto.

1.8. Aplicación de las normas del Consejo de Redacción. La persona que desempeña la Dirección de la revista es responsable de que se apliquen correctamente las normas que regulan el funcionamiento del Consejo y ha de garantizar que sus miembros las conozcan.

 

  1. SOBRE LA AUTORÍA DE LOS ARTÍCULOS

Los autores de las obras presentadas para su publicación son los principales responsables de su contenido y, por lo tanto, están obligados a seguir pautas éticas destinadas a garantizar, entre otras cosas, que la obra sea original y que la autoría se haya atribuido adecuadamente. El comportamiento inapropiado puede dar lugar a la retractación del material publicado de acuerdo con los procedimientos descritos anteriormente en la sección 1.5 de estas Directrices. Aparte de sus implicaciones éticas, el comportamiento inapropiado puede resultar en la infracción de los derechos de propiedad intelectual de la SEL y/o de terceros. En consecuencia, la SEL se reserva el derecho de iniciar acciones legales dentro de su mandato institucional actual.

2.1. Normas de publicación. Los textos presentados para su publicación han de ser el fruto de una investigación original e inédita. Han de incluir los datos obtenidos y utilizados, así como una discusión objetiva de sus resultados. Se ha de aportar la información suficiente para que cualquier especialista pueda repetir las investigaciones realizadas y confirmar o refutar las interpretaciones defendidas en el trabajo. Los autores deberán mencionar adecuadamente la procedencia de las ideas o frases literales tomadas de otros trabajos ya publicados de la forma que se indica en la normativa de la revista. Cuando se incluyan imágenes como parte de la investigación, se deberá explicar adecuadamente cómo se crearon u obtuvieron, siempre y cuando resulte necesario para su comprensión. En caso de emplear material gráfico (figuras, tablas, fotos, mapas, etc.) reproducido parcialmente en otras publicaciones, los autores deberán citar su procedencia, aportando los permisos de reproducción pertinentes si fuera necesario. Se debe evitar la fragmentación innecesaria de los artículos. Si se trata de un trabajo muy extenso, se puede publicar en varias partes, de manera que cada una desarrolle un aspecto determinado del estudio general. Se deben publicar los diferentes trabajos relacionados en la misma revista para facilitar su interpretación por parte de los lectores.

2.2. Originalidad y plagio. El Consejo velará porque en el proceso de evaluación se vigilen la originalidad de los trabajos y se detecte el plagio y las publicaciones redundantes, así como los datos falsificados o manipulados. Los autores no deben enviar a la RSEL ningún manuscrito que esté simultáneamente bajo consideración de otro editor, y no deben enviar su manuscrito a otro editor hasta que se les notifique que ha sido rechazado o bien lo hayan retirado voluntariamente. Una primera revisión corresponde al Director y al Secretario de la Revista. Igualmente, a los revisores se les pedirá un esfuerzo por controlar el posible plagio. Si surgieran dudas sobre algún original, ya sea en la comprobación inicial como en la seguida por los revisores, se recurrirá al programa antiplagio Turnitin <https://www.turnitin.com/es>. Los autores deben asegurar que los datos y resultados expuestos en el trabajo son originales y no han sido copiados, inventados, distorsionados o manipulados. El plagio en todas sus formas, la publicación múltiple o redundante, así como la invención o manipulación de datos constituyen faltas graves de ética y se consideran fraudes científicos. Los autores no enviarán a la revista originales que previamente estén sometidos a consideración en otra revista, ni enviarán ese original a otra revista en tanto no reciba notificación de su rechazo o lo retire voluntariamente. Sin embargo, es admisible publicar un trabajo que amplíe otro ya aparecido como nota breve, comunicación o resumen en las actas de un congreso, siempre que se cite adecuadamente el texto sobre el que se basa y que las modificaciones supongan una modificación sustancial de lo ya publicado. También son aceptables las publicaciones secundarias si se dirigen a lectores totalmente diferentes; por ejemplo, si el artículo se publica en diferentes idiomas o si hay una versión para especialistas frente a otra dirigida al público en general. Se deberán especificar estas circunstancias y se citará apropiadamente la publicación original.

2.3. Autoría del trabajo. En el caso de autoría múltiple, quien figure como responsable del artículo ante la revista debe garantizar el reconocimiento de todos los que hayan contribuido significativamente en la concepción, planificación, diseño, ejecución, obtención de datos, interpretación y discusión de los resultados del trabajo; en todo caso,  todas las personas que lo firman comparten la responsabilidad del trabajo presentado. Asimismo, quien actúa como persona de contacto debe asegurar que quienes firman el trabajo han revisado y aprobado la versión final del trabajo y dan su visto bueno para su posible publicación. La autoría de contacto debe asegurar que no se ha omitido ninguna de las firmas responsables del trabajo y que satisface así los mencionados criterios de coautoría, con lo que se evita la autoría ficticia o regalada, que constituye una mala práctica científica. Asimismo, deben reconocerse en una nota del artículo, a modo de agradecimiento, la contribución de otras colaboraciones que no figuren como firmantes ni sean responsables de la versión final del trabajo. Si la revista o los firmantes del artículo lo solicitan, en la versión publicada se describirá de forma escueta la aportación individual de cada integrante del grupo firmante al trabajo colectivo.

2.4. Fuentes de información y de financiación. En el texto del trabajo se deberán reconocer las publicaciones que hayan influido en la investigación, por lo que se debe identificar y citar en la bibliografía las fuentes originales en las que se basa la información contenida en su trabajo. No ha de incluir, no obstante, citas irrelevantes para su trabajo o referidas a ejemplos parecidos, y no ha de abusar de las menciones a investigaciones ya asentadas en el corpus del conocimiento científico. El autor o la autora no debe utilizar la información obtenida privadamente a través de conversaciones, correspondencia o a partir de algún debate con colegas en la materia, a no ser que cuente con permiso explícito, por escrito, de su fuente de información y dicha información se haya recibido en un contexto de asesoramiento científico. El manuscrito deberá indicar, de forma clara y concisa, todas las fuentes de financiación concedidas para el estudio, debiendo hacer constar la entidad pública o privada que aportó la financiación, y el número de código asignado a cada fuente de financiación, en su caso. Esta información aparecerá en la versión publicada.

2.5. Errores significativos en trabajos publicados. Cuando un autor descubre un error grave en su trabajo tiene la obligación de comunicarlo a la revista lo antes posible, para modificar su artículo, retirarlo, retractarse o publicar una corrección o fe de erratas. Si el posible error es detectado por cualquiera de los miembros del Equipo Editorial, la autora o autor está obligado a demostrar que su trabajo es correcto. El proceso de resolución de estos conflictos es el descrito en el apartado I.5.

2.6. Conflicto de intereses. En caso de existencia de algún vínculo comercial, financiero o personal que pueda afectar a los resultados y las conclusiones de un trabajo, los autores deberán acompañar al texto del artículo una declaración, en la que conste la citada circunstancia. Esta indicación se publicará junto con el trabajo.

2.7. Compromiso de no discriminación. La revista se compromete a no publicar ningún texto que incluya cualquier práctica o uso lingüístico ofensivo o discriminatorio.

 

  1. SOBRE LA EVALUACIÓN DE LOS TRABAJOS

Las personas que participan en la evaluación desempeñan un papel esencial en el proceso que garantiza la calidad de la publicación. Asisten a los órganos de la revista en la toma de las decisiones editoriales y ayudan a la mejora de los artículos.

3.1. Confidencialidad. Quien realice una evaluación debe considerar el trabajo que ha de revisar como un documento confidencial hasta su publicación, tanto en el transcurso del proceso de revisión como después de este. En ningún caso debe difundir ni usar la información, detalles, argumentos o interpretaciones contenidos en el texto objeto de revisión para su propio beneficio o el de otras personas, ni para perjudicar a terceras personas. Únicamente en casos especiales puede recabar el asesoramiento de otros especialistas en la materia, circunstancia de la que debe informar al Editor de la revista.

3.2. Objetividad. Quien realice una evaluación debe juzgar objetivamente la calidad del trabajo completo, es decir, incluyendo la información sobre la que se fundamenta la hipótesis de trabajo, los datos teóricos y experimentales y su interpretación, sin descuidar la presentación y redacción del texto. Debe concretar sus críticas, y ser objetivo y constructivo en sus comentarios. Ha de argumentar adecuadamente sus juicios, sin adoptar posturas hostiles y respetando la independencia intelectual de quien haya elaborado el trabajo. Quien realice una evaluación debe advertir al Editor de cualquier similitud sustancial entre el trabajo sometido a evaluación y otro artículo ya publicado o en proceso de evaluación en otra revista (publicación redundante o duplicada). Igualmente, ha de llamar la atención sobre textos o datos plagiados, falsificados, inventados o manipulados.

3.3. Prontitud de respuesta. Quien realice una evaluación debe actuar con celeridad y ha de entregar su informe en el tiempo acordado, por lo que notificará al Editor los posibles retrasos. Asimismo, deberá comunicar al Editor lo antes posible si no se considera capaz de juzgar el trabajo encargado o en caso de que no pueda cumplir su tarea en el plazo acordado.

3.4. Reconocimiento de las fuentes de información. Quien realice una evaluación debe comprobar que son citados los trabajos relevantes ya publicados sobre el tema. Con ese objetivo revisará la bibliografía recogida en el texto sugiriendo la eliminación de referencias superfluas o redundantes, o la incorporación de otras no citadas.

3.5. Conflicto de intereses. Quien realice una evaluación debe rechazar la revisión de un trabajo cuando mantenga una relación profesional o personal con cualquiera de las personas que hayan intervenido en su autoría que pueda afectar a su juicio sobre dicho trabajo. Pueden surgir igualmente conflictos de intereses cuando el trabajo por evaluar está estrechamente relacionado con el que está desarrollando en ese momento o con el que ya ha publicado. En estos casos, ante la duda, debe renunciar a la tarea encomendada y devolver el trabajo a la Revista, señalando los motivos para tal decisión.

 

REFERENCIAS

- CSIC, Guía de buenas prácticas para la publicación: https://revistas.csic.es/public/guia_buenas_practicas_CSIC.pdf

- COPE (Committee on Publication Ethics): http://www.publicationethics.org

- Directrices EASE (European Association of Science Editors): https://ease.org.uk/

Ethical Guidelines for Journal Publication: http://ccsenet.org/journal/index.php/0/index/ethics